Los patrones deben de revisar su siniestralidad para determinar si permanece en la misma prima del seguro de riesgos de trabajo, o si ésta aumenta o disminuye; debiendo presentar su declaración ante el IMSS durante el mes de febrero de cada año.
Para la determinación de la siniestralidad deben considerarse solo los casos de “accidentes y/o enfermedades de trabajo terminados” (con alta médica) por el periodo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.
No se tomaran en cuenta para la determinación de la siniestralidad los accidentes que ocurrieron a los trabajadores al trasladarse desde su domicilio al centro de trabajo o viceversa (accidentes de trayecto).
En los siguientes casos, los patrones no están obligaciones a presentar ante el IMSS la Declaración Anual de la prima de riesgos de trabajo:
- Empresas de reciente registro ante el IMSS o que hayan cambiado de actividad, y no hayan completado un año calendario del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023 cubriendo las cuotas con la prima media
- Cuando al determinar su nueva prima ésta resulte igual a la anterior
La nueva prima determinada, a presentarse por el patrón en el mes de febrero de 2024, aplicará para el pago de cuotas de marzo de 2023 a febrero de 2024.v